Sobre quiénes integran la Asamblea Universitaria

sábado, 13 de diciembre de 2008

ARTICULO 81º.- La Asamblea Universitaria está integrada por:

a. El Rector, quien la preside;

b. El Vice-Rector Académico;

c. El Vice-Rector Administrativo

d. Los Decanos de las Facultades;

e. El Director de la Escuela de Post Grado;

f. Los representantes de los Profesores de las diversas Facultades, en número igual al doble de la suma de las autoridades Universitarias a que se refieren los incisos anteriores. La mitad de ellos son Principales, un tercio Asociados y un sexto auxiliares;

g. Los representantes de los estudiantes en la proporción de un tercio del número total de los miembros de la Asamblea; y

h. Un representante de los Graduados.

Asiste como invitado con voz, pero sin voto, un representante de cada una de las organizaciones gremiales de los trabajadores docentes y no docentes de la Universidad, acreditados por sus respectivas asociaciones.

ARTICULO 82º.- La elección de los representantes de los Profesores se hace por los de la categoría respectiva y guardando la representatividad de todas las Facultades de modo que se cuente en la Asamblea con no menos de un representante por Facultad.

ARTICULO 83º.- Los representantes de los profesores y de los graduados son elegidos por un período de tres años; los representantes estudiantiles por uno. El cambio de categoría de un profesor conlleva al cese en la representación que tuvo. Las elecciones se efectúan por el sistema de lista incompleta. El Reglamento General establece la renovación oportuna de las representaciones; el mandato rige a partir de la proclamación.

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